Como en toda España, la Comunidad Valenciana exige que todos los edificios, tanto de nueva construcción como los ya existentes, cuenten con un certificado que indique su gasto de energético. Por ese motivo, aquí te explicamos los pasos a seguir para registrar el certificado energético en la Comunidad Valenciana.
Obviamente, el primer paso es contratar a un profesional cualificado que emita un informe sobre el gasto de nuestra vivienda. Con ese papel en la mano, toca iniciar los trámites para que el gasto energético de nuestro inmueble quede correctamente acreditado..
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Antes de iniciar los trámites, la Comunidad Valenciana ofrece la posibilidad de comprobar si nuestro inmueble cuenta con un certificado energético previamente registrado, esto es fundamental para la hora de comprar o vender una vivienda o también a la hora de alquilarla.
Para ello, en la web del IVACE (Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial) se ha incorporado un aparatado para la «Consulta pública de certificados», que nos permite obtener esta información.
El sistema permite buscar todos los certificados de eficiencia energética de edificios de la Comunitat Valenciana a través de la referencia catastral (puedes consultarla aquí) o a través de la dirección del inmueble.
En caso de que el edificio ya disponga de un certificado energético, el dueño del inmueble podrá solicitar una copia del mismo ante el organismo competente. Lógicamente, si el edificio ya cuenta con este certificado, no es necesario registrarlo de nuevo, pero en caso de que no disponga de él, veamos como registrar el certificado energético en la Comunidad Valenciana.
A diferencia de lo que ocurre en otras comunidades autónomas, el registro del certificado energético en la Comunidad Valenciana solo puede ser telemático a través de la web del IVACE.
Es importante que antes de realizar este trámite dispongas de un certificado digital, de lo contrario no podrás siquiera iniciar el proceso para registrar el certificado. Si ya lo tienes, no debes preocuparte, el proceso es bastante sencillo.
Lo primero que debes hacer, una vez en la web del IVACE, es pinchar en «Acceder al resgistro» y será entonces cuando debas introducir tu certificado digital.
Antes de proceder será necesario darnos de alto como usuario. Este paso es independiente al certificado digital, por lo que vamos a explicarlo brevemente:
La primera vez que se accede al registro mediante certificado digital, el sistema solicita ciertos datos básicos para almacenar la información en la base de datos de usuarios. La correcta definición de estos parámetros es fundamental para operar correctamente en el sistema.
Tras darse de alta como usuario en el registro, se puede editar el perfil para constar, además,
como técnico certificador. Para ello se deberá incluir en el apartado correspondiente la titulación que habilita para la redacción de proyectos o dirección de obras y dirección de ejecución de obras de edificación o para la realización de proyectos de sus instalaciones térmicas.
Este paso ayuda a agilizar los trámites, por lo que es recomendable realizar el registro por parte de un profesional cualificado.
En el momento en que tengamos un usuario propio, podremos entrar a nuestro Área Personal, donde podremos consultar o modificar nuestros datos, pero también iniciar un nuevo expediente para registrar el certificado.
Lo primero que debemos hacer para crear el expediente es indicar el tipo de edificio (residencial, comercial, vivienda unifamiliar,…) y el uso que le vamos a dar al mismo. Una vez hecho esto, tenemos cuatro apartados: datos generales, agentes, calificación y validacion.
Este apartado recopila la información básica de apertura del expediente y las distintas incidencias que puedan surgir a lo largo del proceso de registro.
Entre la información que se incluye la relativa al inmueble (tipo de edificio, uso, dirección, código postal, provincia…) y al propietario del mismo, que podrá ser tanto una persona física como una jurídica, por lo que los datos variarán en función de esto.
Este apartado recopila la información sobre los profesionales que intervienen en la certificación: el gestor del expediente (propietario o delegado) y el técnico certificador, ambos deberán estar registrados previamente.
Si el propietario, o persona en quien delegue, distinta del técnico certificador, da de alta el
expediente, deberá rellenar las pestañas: “Datos Generales del Expediente” y
“Agentes” y posteriormente pagar la tasa.
Cuando el gestor del expediente no es el propietario y delega en una tercera persona el alta del expediente, se deberá aportar el archivo de delegación del propietario en el Gestor del Expediente junto con fotocopia del DNI del propietario.
Si el técnico certificador actúa además como gestor del expediente y procede a dar de alta el
expediente, deberá ser éste el que rellene las pestañas las cuatro pestañas del registro. Para ello deberá estar en posesión también del archivo de delegación firmado por el dueño junto a una fotocopia del DNI.
Aquí, el técnico certificador introducirá los datos técnicos de la calificación energética obtenida y del certificado de eficiencia energética suscrito por él. El cuadro rosa detalla toda la información que está pendiente de ser introducida en esta pestaña.
Los archivos deberán estar en formato XML que incluye todos los datos de salida y resultados contenidos en el certificado y que deberá aportarse en el momento del registro.
Las referencias catastrales que se cargan deben ser completas y se valida su consistencia con la Sede Electrónica del Catastro. En el caso de edificios de viviendas o inmuebles con varias referencias catastrales se detallarán todas las incluidas.
El resto de secciones en las que se estructura el apartado incorporan la
información técnica del edificio.
Una vez introducidos todos los datos en el expediente, tocará proceder al pago de las tasas para poder culminar el registro del certificado y obtener la correspondiente etiqueta.
El precio a pagar para registrar el certificado energético de una vivienda en la Comunidad Valenciana, depende mucho del tipo de esta. Así, según el artículo 21 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, el reparto quedaría así:
Las tasas en el caso de actualización de certificados de eficiencia energética, son las siguientes:
Una vez pagadas las tasas, el proceso de registro del certificado energético de la Comunidad Valenciana ha terminado. Recuerda que en la misma página web de la IVACE podrás descargar en cualquier momento la pegatina identificativa del registro.