Una muy buena noticia para las parejas de hecho. El Senado ha pedido al Gobierno que revise el acceso a la pensión de viudedad en el caso de las uniones de hecho para equiparar los requisitos con los matrimonios convencionales. Actualmente, a las parejas estables que quedan viudas se les exigen distintos requisitos para acceder a esta prestación, por lo que el Senado considera que esto genera «una situación de desprotección» y puede «penalizar las rentas del hogar».
Se trata de una demanda que las parejas de hecho llevaban muchos años reclamando y que podría estar cerca de conseguirse. Para que las reformas en los planes de pensiones y en el cobro de estas ayudas de la Seguridad Social se puedan aprobar, deberán estar cerradas antes de que acabe el mes de octubre.
A días de hoy, si un miembro de la unión de hecho muere, el otro deberá demostrar su dependencia económica del fallecido para poder acceder a cobrar la pensión. Pero además la pareja debe haber estado registrada al menos dos años antes y haber mantenido una convivencia estable en los últimos cinco.
En el caso de los matrimonios, el viudo o viuda tiene derecho a la pensión de viudedad si ha sido el cónyuge durante al menos un año, sin atender al nivel de ingresos. Se trata sin duda de una situación muy desfavorable para quienes opten por registrarse como pareja de hecho.
A la hora de demostrar la dependencia económica, el/la superviviente tendrá que acreditar que respecto al último año antes de fallecer la pareja, los ingresos deben ser al menos un 50% inferiores a la suma de los que se generaban antes en el hogar o al 25% si no hay hijos comunes con derecho a pensión de orfandad.
Si la reforma que se prevé sigue adelante, esta situación se eliminaría si sale adelante la reforma del Pacto de Toledo.