Tener un hijo, plantar un árbol y escribir un libro son las tres cosas que debe realizar toda persona (en teoría) a lo largo de su vida. Si eres de los afortunados que ha traído una nueva vida a este mundo, enhorabuena, ahora te toca inscribirlo en Registro Civil.
Para realizar la inscripción de los recién nacidos en el Registro Civil, el procedimiento es bastante sencillo y apenas necesita presentar documentación por parte de los padres. De esta forma, para inscribir a un bebé es necesario:
En caso de que alguno de los padre esté divorciado, se deberá indicar también el certificado de matrimonio con la inscripción marginal correspondiente o la sentencia firme de separación o divorcio.
La comunicación del nacimiento para su inscripción en el Registro Civil se puede realizar de forma electrónica como presencial.
La comunicación electrónica se realizará directamente desde los centros sanitarios en las 72 horas posteriores al nacimiento (si se supera ese plazo, se deberá acudir al registro presencial). En el centro los padres, asistidos por personal, cumplimentarán y firmarán el cuestionario para la declaración del nacimiento, al que se incorporará el parte facultativo acreditativo del nacimiento sellado por el centro, los documentos de identidad de los progenitores y demás documentación necesaria, que se enviará telemáticamente al Registro Civil.
Tras esto, el Registro Civil enviará a los progenitores una certificación literal de nacimiento con la que podrán efectuar los trámites administrativos que precisen ante otras administraciones.
El registro del recién puede hacerse desde el propio hospital o presencialmente en el registro civil
Sin embargo, con esta opción el libro de familia no se actualiza. Por lo que será necesario acudir presencialmente al Registro Civil para realizar este último trámite. No obstante, dicha actualización no es necesaria cuando el libro de familia se acompañe de la certificación literal de nacimiento.
En caso de que se opte por la vía presencial, cualquiera de los progenitores del recién nacido deberá trasladarse a la oficina del Registro Civil correspondiente al domicilio (si no sabes dónde se encuentra el tuyo, puedes consultar este enlace) en los diez días posteriores al alumbramiento. Si existe causa justificada, puede ser un mes.
Con toda la documentación que hemos indicado arriba, el funcionario procederá a inscribir al recién nacido en el registro y a actualizar el libro de familia para incluir al nuevo miembro. En el registro se incluirá especialmente:
Además, si se desea emitir el DNI del bebé en los próximos seis meses, se puede aprovechar para pedir el certificado literal de nacimiento. Esto es importante porque este documento tiene una caducidad de medio año, por lo que no es necesario si no tenemos pensado efectuar ese trámite.
Como ves, inscribir a tu hijo o hija en el registro civil es bastante sencillo y no requiere más de un par de minutos y puedes hacerlo con la documentación que tengas por casa. Si, pese a todo, tienes cualquier duda, puedes contactarme en cualquier momento e intentaré ayudarte.